Cobertura actual en Andalucía

  • Ayuntamiento de Castilleja de la Cuesta (Sevilla, ~17.500 habitantes), municipio del área metropolitana de Sevilla con plataforma de gestión patrimonial en producción.

Andalucía es la comunidad autónoma con mayor número de habitantes de España y una densidad de municipios muy alta —más de 780, repartidos en 8 provincias— lo que hace que el modelo de contratación y la solución que mejor encaja varíe mucho entre la zona metropolitana de las grandes capitales (Sevilla, Málaga, Granada) y los municipios rurales de la Sierra de Cazorla, la Alpujarra o las comarcas mineras del norte.

Marco normativo aplicable

La gestión del inventario municipal en Andalucía se rige por el marco estatal común a todas las corporaciones locales, complementado por la normativa autonómica de patrimonio.

Marco estatal

  • Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (formación, rectificación anual y libro de inventario).
  • Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (obligación de inventariar).
  • Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia (publicidad activa de bienes inmuebles patrimoniales, art. 8.1.a).

Marco autonómico

  • Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía: regula el régimen de los bienes y derechos del patrimonio autonómico y opera como referencia de principios generales de gestión patrimonial pública en la comunidad.
  • Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía: regulación específica autonómica del régimen patrimonial de las corporaciones locales andaluzas, complementaria del RD 1372/1986. Es la norma autonómica más relevante para la gestión del inventario municipal en la comunidad.
  • Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía: relevante cuando un ayuntamiento andaluz tiene en su inventario bienes de Interés Cultural, inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz o en el Inventario General de Bienes Muebles. Estos bienes son imprescriptibles, inalienables e inembargables, salvo transmisiones entre administraciones, y requieren tratamiento diferenciado.

La existencia de la Ley 7/1999 de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía es una particularidad clave: pocas comunidades autónomas tienen una normativa de bienes locales tan específica. Tu inventario municipal en Andalucía debe respetar tanto el marco estatal (RD 1372/1986) como las especialidades de esta ley autonómica — y la plataforma elegida debe poder reflejar las dos.

Cómo se contrata invia en Andalucía

Contratación directa por el ayuntamiento

Modelo más habitual entre las corporaciones medianas y grandes andaluzas con servicio técnico propio. Es el formato bajo el que trabaja Castilleja de la Cuesta.

A través de una consultora o ingeniería en UTE

Para licitaciones de mayor envergadura o para municipios sin servicio técnico interno —típico en municipios rurales del interior—, invia se incorpora como componente tecnológico a una UTE liderada por una consultora jurídica o una ingeniería andaluza. Detalle en /partners-utes-inventario-municipal.

Despliegue provincial vía Diputación

Las 8 Diputaciones provinciales andaluzas (Sevilla, Málaga, Granada, Córdoba, Jaén, Huelva, Almería y Cádiz) son interlocutores naturales para extender una solución de inventario a los municipios pequeños de cada provincia bajo una sola contratación. Es el modelo bajo el que trabajamos en Castilla y León con las Diputaciones de Valladolid (11 municipios) y Salamanca. Si tu Diputación está estudiando un proyecto similar para sus municipios, podemos preparar conjuntamente la propuesta.

Qué resuelve invia para los municipios andaluces

  • Cumplimiento del marco estatal (RD 1372/1986, Ley 33/2003) y de la Ley 7/1999 andaluza de Bienes de las Entidades Locales.
  • Integración con Catastro: alta automática de inmuebles con datos, geometría GIS y valoración catastral en un click.
  • Geoportal con visor y editor cartográfico para georreferenciar bienes y cruzar con planeamiento urbanístico — especialmente útil en municipios con cascos históricos protegidos o yacimientos arqueológicos en suelo municipal.
  • Generación automática del Libro de Inventario y de los listados de rectificación anual conforme al artículo 33.1 del RD 1372/1986.
  • Publicación directa en el Portal de Transparencia de los bienes inmuebles patrimoniales (art. 8.1.a Ley 19/2013).
  • Migración de datos desde sistemas existentes (Excel, programas heredados, exportaciones). Más detalle en /migracion-datos-inventario-municipal.

Cobertura en otras comunidades

invia opera también en Castilla y León (con dos Diputaciones provinciales), en la Comunidad Valenciana y en la Comunidad de Madrid. Si tu corporación está en otra región española, contáctanos igualmente — el modelo es escalable.